POLÍTICA · REFORMA LABORAL
El decreto que reduce gradualmente la jornada laboral de 48 a 40 horas semanales se publicó en la edición vespertina del DOF del 1 de mayo y entrará plenamente en vigor el 1 de enero de 2030.
Por Daniela Sandoval Rivera · Coordinadora de Política
Ciudad de México. El Decreto que reforma la Ley Federal del Trabajo para reducir la jornada laboral en México de 48 a 40 horas semanales fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de mayo de 2026, en su edición vespertina conmemorativa del Día del Trabajo. La reforma se aplicará de forma escalonada en cinco años, hasta alcanzar las 40 horas el 1 de enero de 2030.
El artículo transitorio del decreto fija una reducción de dos horas por año a partir del primero de enero del año que corresponda. Durante 2026 la jornada se mantendrá en 48 horas; pasará a 46 en 2027, 44 en 2028, 42 en 2029 y finalmente 40 en 2030. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social es la autoridad encargada de la transición y de los lineamientos operativos para empresas y centros de trabajo.
Calendario de transición a 40 horas
Reducción gradual · horas semanales máximas
| 2026 | 48 horas |
| 2027 | 46 horas |
| 2028 | 44 horas |
| 2029 | 42 horas |
| 2030 | 40 horas |
Fuente: Decreto DOF 1/05/2026.
Día de descanso obligatorio cada seis días
El decreto también incorpora la regla de que por cada seis días de trabajo se debe otorgar al menos un día de descanso con goce de salario y prestaciones íntegras. La modificación cambia uno de los puntos más reclamados por las centrales obreras durante la última década y armoniza la legislación federal con los convenios de la Organización Internacional del Trabajo en materia de tiempo de trabajo.
La distribución de la jornada extraordinaria queda topada en 12 horas semanales, con el límite de que no podrá trabajarse más de tres días a la semana ni más de cuatro horas diarias en horario extendido. La fracción se mantiene en línea con la prohibición histórica del artículo 66 de la Ley Federal del Trabajo, ahora reforzada con el control electrónico de asistencia.
Control electrónico de asistencia y multas
El artículo 132 reformado obliga a las personas empleadoras a registrar de manera electrónica la jornada laboral de cada persona trabajadora, incluyendo el horario de inicio y de finalización, y a entregar este registro a la autoridad cuando sea requerido. La omisión acarrea multas de 250 a 5 mil Unidades de Medida y Actualización, equivalentes a un rango aproximado de 29 mil 327 pesos a 586 mil 550 pesos al valor diario de la UMA 2026.
Hasta el 31 de diciembre de 2026, la Secretaría del Trabajo abrirá un periodo de ajuste para que empresas, sindicatos y trabajadores adapten sus contratos colectivos, sistemas de nómina y plataformas de checador. Durante esta etapa, la dependencia ofrecerá lineamientos específicos por sector productivo.
Quiebra límite histórico de 1917
La jornada de 48 horas semanales estaba vigente desde la promulgación de la Constitución de 1917, en su artículo 123. Su modificación a 40 horas equipara a México con la mayoría de los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, donde la jornada promedio se ubica entre 35 y 40 horas. La reforma fue aprobada por el Congreso de la Unión y posteriormente firmada por la presidencia.
La aplicación del decreto requiere la armonización de los reglamentos internos de trabajo, los contratos colectivos y los esquemas de pago en miles de empresas. Su efecto principal en el corto plazo será administrativo: la implementación del registro electrónico de asistencia. La reducción efectiva de horas inicia hasta 2027.
Qué hacer si su contrato no se ajusta
Las personas trabajadoras que detecten que su jornada o sus prestaciones no se ajustan a la nueva ley pueden acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, dependiente de la STPS, que ofrece asesoría gratuita y representación en juicios laborales. La PROFEDET habilita orientación telefónica al 800 911 7877 y atención virtual mediante su portal institucional. Las quejas también pueden presentarse ante la Inspección Federal del Trabajo.
