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El Servicio de Administracion Tributaria (SAT) tiene acceso en linea y en tiempo real a la informacion fiscal de todas las plataformas digitales que operan en Mexico (Uber, DiDi, Rappi, Uber Eats, Airbnb, Mercado Libre, Amazon) desde el 1 de abril de 2026, conforme al nuevo articulo 30-B del Codigo Fiscal de la Federacion (CFF). El cambio refuerza la fiscalizacion sobre los ingresos de conductores, repartidores y anfitriones, quienes seguiran tributando como actividad empresarial pese a la reforma laboral de junio de 2025 que los reconocio como trabajadores subordinados.

El nuevo articulo 30-B del CFF

El articulo 30-B del Codigo Fiscal de la Federacion, vigente desde el 1 de abril de 2026, obliga a las plataformas tecnologicas a mantener interconexion en tiempo real con los sistemas del SAT, permitiendo a la autoridad fiscal consultar las operaciones, retenciones y enteramientos sin necesidad de requerimientos formales. La medida apunta a cerrar ventanas de evasion en uno de los sectores de mayor crecimiento de la economia digital mexicana.

El acceso en linea aplica para todas las plataformas residentes en Mexico o en el extranjero que sean consideradas intermediarias bajo los articulos 113-A, 113-B y 113-C de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), y 18-J al 18-M de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA).

Criterio normativo 59/ISR/IVA/N

El SAT publico el 27 de junio de 2025 el criterio normativo 59/ISR/IVA/N, junto con la Secretaria del Trabajo y Prevision Social (STPS), para aclarar que la reforma laboral del Capitulo IX Bis de la Ley Federal del Trabajo (LFT) no modifica el tratamiento fiscal de quienes operan en plataformas digitales. Es decir, aunque sean reconocidos como trabajadores subordinados con derechos laborales plenos a partir del 22 de junio de 2025, sus ingresos siguen siendo considerados actividad empresarial.

El SAT enfatizo que la inclusion de las personas fisicas en la citada reforma laboral no modifica el tratamiento fiscal que se les aplica en la actualidad, por lo que seguiran cumpliendo de la misma manera con sus obligaciones tributarias.

Umbral laboral: 8,364 pesos mensuales

La reforma laboral solo reconoce como trabajadores subordinados a quienes superen un ingreso neto mensual equivalente a un salario minimo en la CDMX, aproximadamente 8 mil 364 pesos. Quienes ganen menos siguen siendo considerados prestadores de servicios independientes en la relacion con la plataforma.

Indicador Detalle
Acceso en linea del SAT Desde el 1 de abril de 2026 (art. 30-B CFF)
Base legal fiscal Arts. 113-A, 113-B, 113-C LISR; 18-J-18-M LIVA
Criterio normativo 59/ISR/IVA/N (27 jun 2025)
Umbral reforma laboral ~8,364 pesos mensuales
Tope para pago definitivo 300 mil pesos anuales
Retencion ISR transporte 2.1 por ciento
Retencion ISR hospedaje 4.0 por ciento
Retencion ISR servicios y ventas 1.0 por ciento
Retencion IVA por plataforma 50 por ciento del IVA causado

Tasas de retencion vigentes

Las plataformas digitales retienen impuestos sobre los ingresos brutos del prestador y los enteran al SAT antes del dia 17 de cada mes. Las tasas de retencion del ISR varian segun la actividad: 2.1 por ciento para transporte terrestre de pasajeros (Uber, DiDi); 4.0 por ciento para hospedaje (Airbnb, Booking); y 1.0 por ciento para servicios o ventas (Mercado Libre, Amazon, freelance). En IVA, la plataforma retiene el 50 por ciento del IVA causado, equivalente al 8 por ciento del precio del servicio.

Pago definitivo o declaracion mensual

Los contribuyentes con ingresos anuales menores a 300 mil pesos pueden optar por considerar las retenciones como pago definitivo, sin necesidad de presentar declaraciones mensuales adicionales. Quienes superen ese monto o tengan otros ingresos deben presentar declaraciones mensuales antes del dia 17 de cada mes, ademas de la declaracion anual en abril.

Que cambia para conductores y repartidores

Para conductores de Uber, DiDi y repartidores de Rappi, Uber Eats o DiDi Food, el cambio implica que el SAT puede detectar inconsistencias entre los ingresos reportados por la plataforma y los CFDI emitidos por el contribuyente sin necesidad de auditorias formales. La Procuraduria de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) ha recomendado revisar los papeles de trabajo y los CFDI emitidos antes del cierre de la declaracion anual para evitar contingencias fiscales.

Sector en expansion

El regimen fiscal de plataformas digitales se establecio en junio de 2020, originalmente dirigido a empresas extranjeras. Desde entonces se ha expandido a empresas nacionales y a personas fisicas. La economia digital mexicana, particularmente en transporte, reparto y hospedaje, ha crecido de forma sostenida en los ultimos seis anos, lo que explica el interes del SAT en cerrar la brecha fiscal mediante el acceso en linea.

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