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El acuerdo publicado en el DOF reduce de forma gradual la edad mínima de retiro para trabajadoras y trabajadores del instituto.
Por Patricia Aguirre Tovar · Editora Web y Redes
El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) publicó en el Diario Oficial de la Federación un acuerdo que reduce gradualmente la edad mínima de jubilación hasta llegar, en 2034, a 53 años para las trabajadoras y 55 para los trabajadores afiliados al instituto.
La medida aplica al régimen de pensiones administrado por el ISSSTE y busca ampliar el acceso al retiro anticipado sin modificar, por ahora, los años mínimos de cotización que exige la ley: 28 años para mujeres y 30 años para hombres. El cambio no es inmediato: el propio instituto detalla que la transición será paulatina, año con año, hasta alcanzar la meta fijada para 2034.
De acuerdo con el comunicado del ISSSTE, la reducción gradual busca reconocer trayectorias laborales largas dentro del sector público sin comprometer la sostenibilidad financiera del fondo de pensiones del instituto, uno de los dos grandes sistemas de seguridad social del país junto con el IMSS.
¿Cómo opera la reducción gradual?
El acuerdo establece una tabla de transición que irá bajando la edad mínima de jubilación año tras año hasta 2034, cuando el esquema quede fijo en 53 años para mujeres y 55 para hombres. El ISSSTE no modificó los requisitos de cotización mínima: quien busque acogerse al retiro anticipado deberá acreditar, además de la edad correspondiente a su año de trámite, los 28 o 30 años de aportaciones según el caso.
El esquema conserva la diferencia de género que ya existía en la Ley del ISSSTE, con una edad de retiro dos años menor para las trabajadoras respecto a los trabajadores, un criterio que la propia ley vincula a las diferencias históricas en la esperanza de vida y en las cargas de cuidado no remunerado entre hombres y mujeres.
Datos clave del acuerdo
53 años
Edad mínima meta para mujeres en 2034
55 años
Edad mínima meta para hombres en 2034
28 años
Cotización mínima exigida a mujeres
30 años
Cotización mínima exigida a hombres
Quiénes pueden acogerse al retiro anticipado
El beneficio aplica a las personas trabajadoras afiliadas al ISSSTE bajo el régimen de pensiones del instituto, es decir, empleadas y empleados del Estado en sus distintos niveles de gobierno y organismos incorporados. No sustituye ni modifica los esquemas de pensión por invalidez, viudez o riesgos de trabajo, que mantienen sus propias reglas dentro de la Ley del ISSSTE.
Para quienes están cerca de cumplir los años de cotización requeridos, la recomendación práctica es solicitar directamente en las oficinas de afiliación y vigencia del ISSSTE, o a través de sus canales digitales, la revisión de su expediente de semanas u años cotizados antes de iniciar cualquier trámite de retiro, ya que la edad aplicable depende del año calendario en que se presente la solicitud, conforme a la tabla de transición gradual.
Qué significa para quienes cotizan hoy
Para el personal del Estado que hoy cotiza al ISSSTE, el ajuste representa una ventana más amplia para planear el retiro: quienes acumulen los años de servicio requeridos podrán solicitar su pensión antes de lo que permitía el esquema previo, sin esperar a cumplir la edad de jubilación ordinaria. El cambio no afecta el monto de la pensión, que sigue calculándose con base en el salario base de cotización y los años trabajados, de acuerdo con el régimen bajo el cual cada trabajador esté inscrito (Ley 73 o cuentas individuales, según su fecha de ingreso).
La medida se suma a otros ajustes recientes al sistema de pensiones del sector público y llega en un momento en que el gobierno federal ha impulsado revisiones similares en otros institutos de seguridad social. Para trámites, dudas sobre semanas cotizadas o cálculo de pensión, el ISSSTE mantiene atención en sus módulos de servicio en todo el país y en su portal en línea.
