ECONOMÍA · ENERGÍA
Las empresas e instalaciones que superen el umbral deberán inscribirse, reportar cada año y certificar un sistema de gestión de la energía.
Por Fernando Ortega Salinas · Coordinador de Economía · Ciudad de México · 1 de octubre de 2026
La Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía (Conuee) publicó el 30 de septiembre de 2026 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el acuerdo con las disposiciones administrativas para el registro de personas usuarias de patrón de alto consumo de energía, que fija el umbral en 45 gigawatts hora (GWh) anuales de electricidad o 70,000 barriles de petróleo equivalente (bep) de combustibles y exige un sistema de gestión de la energía basado en ISO 50001.
Quiénes son usuarios de alto consumo
El acuerdo, fechado el 21 de septiembre de 2026 y firmado por el director general de la Conuee, Israel Jáuregui Nares, define como usuarios de patrón de alto consumo a quienes superen alguno de dos umbrales: un consumo anual de electricidad mayor a 45 GWh, o un consumo anual de combustibles mayor a 70,000 bep. En el cálculo de combustibles se excluyen los energéticos destinados al transporte.
La Conuee es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Energía. El acuerdo se fundamenta en los artículos 10, 11 y 90 de la Ley de Planeación y Transición Energética y en los artículos 88 y 93 de su Reglamento, publicado en el DOF el 3 de octubre de 2025.
Plazos de inscripción y reporte
La inscripción es obligatoria de manera inmediata o dentro de 15 días hábiles después de que la Conuee notifique a la persona usuaria que cumple el criterio. Una vez inscrita, la instalación debe entregar su información energética cada año entre el 1 de marzo y el 31 de mayo.
La Conuee cuenta con 15 días hábiles para validar cada inscripción y las empresas tienen 10 días hábiles para subsanar omisiones. Mientras se habilita el sistema electrónico, los trámites continúan en el portal conuee.gob.mx/upacs, según los transitorios.
Qué exige el sistema de gestión de la energía
Las instalaciones inscritas deben implementar un sistema basado en la norma ISO 50001 con elementos mínimos: una cobertura de 80% del consumo energético total, objetivos fundamentados en una revisión energética con antigüedad máxima de tres años, indicadores de desempeño energético, controles operacionales, documentación formal y una persona responsable de la gestión en cada instalación.
El plazo para certificar el sistema es de un año calendario desde la inscripción inicial. Los transitorios fijan junio de 2027 como inicio de la verificación de los sistemas y enero de 2028 como fecha límite para la certificación ISO 50001.
| Concepto | Cifra o fecha |
|---|---|
| Umbral de electricidad | Más de 45 GWh al año |
| Umbral de combustibles | Más de 70,000 bep al año |
| Registro tras notificación | 15 días hábiles |
| Reporte anual | 1 de marzo al 31 de mayo |
| Certificación ISO 50001 | A más tardar en enero de 2028 |
Qué cambia respecto a las reglas anteriores
El acuerdo abroga las disposiciones anteriores del 15 de noviembre de 2018 y entra en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF, es decir, el 1 de octubre de 2026. El texto indica que los incumplimientos se sancionan conforme a la Ley, su Reglamento y la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; no especifica montos ni tipos de sanción.
Qué significa para las empresas
Las empresas con instalaciones de gran consumo, como la industria de manufactura pesada, deben revisar si alguna de sus plantas supera los umbrales y preparar su información energética antes del periodo de reporte de 2027. Quienes ya estén inscritos conservan los plazos de certificación que fijan los transitorios. Las empresas que no hayan recibido notificación de la Conuee pueden consultar el portal de usuarios de patrón de alto consumo para verificar su situación.
Fuente: Diario Oficial de la Federación, edición matutina del 30 de septiembre de 2026.
