El Diario Oficial de la Federación publicó este 5 de octubre las modificaciones al Estatuto Orgánico de los Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura (FIRA), que reorganizan áreas jurídicas y de promoción de negocios y crean el Centro para la Innovación e Inclusión Tecnológica del Campo.
Las modificaciones se aprobaron el 30 de marzo de 2026 y se publicaron más de seis meses después. El texto establece que entrarán en vigor una vez que cuenten con la aprobación y el registro de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. El documento completo está en la edición matutina del DOF.
Qué fideicomisos abarca
El estatuto rige a los cuatro fideicomisos públicos que integran FIRA: el Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura (FONDO); el Fondo Especial para Financiamientos Agropecuarios (FEFA); el Fondo Especial de Asistencia Técnica y Garantía para Créditos Agropecuarios (FEGA), y el Fondo de Garantía y Fomento para las Actividades Pesqueras (FOPESCA).
Los cambios principales
| Artículos | Qué modifican |
|---|---|
| 14 bis (nuevo) | Crea la Subdirección de Proyectos y Estrategia, con nueve funciones enfocadas en mercadotecnia y comunicación institucional. |
| 17 a 23 | Reestructuran la Dirección Jurídica en cinco subdirecciones. |
| 63 a 75 | Ajustan funciones de evaluación de intermediarios financieros y de normatividad de créditos. |
| 97 a 110 bis | Crean el Centro para la Innovación e Inclusión Tecnológica del Campo y reorganizan direcciones de promoción de negocios. |
La nueva estructura jurídica
Entre las subdirecciones de la Dirección Jurídica figuran la Jurídica Financiera y Regulación Institucional, la Jurídica Contenciosa, la Jurídica Corporativa, Regulatoria y de Transparencia, y la Jurídica Operativa y de Recuperación. El estatuto asigna a cada una funciones específicas dentro de los artículos 17 a 23.
Intermediarios financieros y crédito
Los artículos 63 a 75 modifican las funciones de evaluación de intermediarios financieros y de normatividad de créditos. El resumen consultado del estatuto no detalla los criterios concretos de evaluación ni cambios en tasas, garantías o montos de financiamiento.
Un centro para la innovación en el campo
La creación del Centro para la Innovación e Inclusión Tecnológica del Campo se incluye en los artículos 97 a 110 bis, junto con la reorganización de las direcciones de promoción de negocios. El texto publicado no precisa presupuesto, plantilla ni calendario de puesta en marcha del centro.
Qué significa para productores e intermediarios
El estatuto orgánico define la estructura interna y las atribuciones de las áreas de FIRA, no las reglas de operación de sus programas de crédito y garantía. Los cambios no modifican por sí mismos las condiciones de financiamiento para productores; esas condiciones se establecen en la normativa operativa de cada fideicomiso. Mientras la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno no apruebe y registre las modificaciones, la estructura vigente sigue siendo la anterior.
