El Servicio de Administración Tributaria (SAT), la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) y la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT) ampliaron al 31 de octubre de 2026 el plazo para presentar la Manifestación de Valor Electrónica (MVE), según el comunicado conjunto 60-2026 del 2 de octubre.
Las autoridades indicaron que la medida da más tiempo a las personas usuarias de comercio exterior para hacer adecuaciones y familiarizarse con el nuevo esquema operativo. La ampliación sigue a la prórroga anterior, que fijaba el 30 de septiembre.
Calendario gradual desde el 1 de noviembre
A partir del 1 de noviembre de 2026, la MVE se transmitirá de manera gradual por la Ventanilla Única de Trámites de Comercio Exterior (VUTCE), según el régimen aduanero al que se destinen las mercancías.
| Régimen aduanero | Fecha de inicio |
|---|---|
| Elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado | 1 de noviembre de 2026 |
| Recinto fiscalizado estratégico | 15 de noviembre de 2026 |
| Tránsito de mercancías | 1 de diciembre de 2026 |
| Depósito fiscal | 15 de diciembre de 2026 |
| Importación temporal | 1 de enero de 2027 |
| Importación definitiva | 15 de enero de 2027 |
Base legal y facilidades que se mantienen
La disposición se dio a conocer en la Primera Versión Anticipada de la Tercera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2026, publicada en el Portal del SAT. Actualiza el transitorio Décimo Primero de las RGCE publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2025.
Se mantienen facilidades: no será necesario transmitir los documentos de transporte de mercancías, el certificado de origen ni el documento que acredite la garantía en la cuenta aduanera de garantía, siempre que se adjunten al pedimento. También se podrá enviar un formato con la información general de los contratos asociados a la MVE, sin enviar cada uno por la VUTCE.
