La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) delegó en los titulares de sus Oficinas de Representación diversas facultades de la Dirección General de Recursos Materiales, Inmuebles y Servicios, y abrogó el acuerdo de delegación del 10 de marzo de 2023, según el acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 6 de octubre de 2026.
Qué facultades pasan a las oficinas de representación
El acuerdo lo firmó la secretaria Alicia Isabel Adriana Bárcena Ibarra el 30 de septiembre de 2026. Se apoya en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y en el Reglamento Interior de la Secretaría. Su artículo primero delega en las personas titulares de las Oficinas de Representación varias fracciones del artículo 28 del Reglamento Interior, que describe las atribuciones de la Dirección General de Recursos Materiales, Inmuebles y Servicios.
Esas facultades se refieren a los recursos, almacenes, servicios, inmuebles y vehículos asignados a cada oficina. El texto establece que deben ejercerse exclusivamente dentro de la circunscripción territorial de cada oficina, es decir, cada titular decide solo sobre los bienes y servicios de su propio ámbito.
Datos clave del acuerdo
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Fecha de firma | 30 de septiembre de 2026 |
| Publicación en el DOF | 6 de octubre de 2026 |
| Quién delega | Dirección General de Recursos Materiales, Inmuebles y Servicios |
| A quién se delega | Titulares de las Oficinas de Representación |
| Informe | Trimestral, sobre recursos y ejercicio de facultades |
| Acuerdo abrogado | Delegación publicada el 10 de marzo de 2023 |
Qué se queda en la oficina central
La delegación no es total. El artículo segundo mantiene otras fracciones del artículo 28 bajo la competencia exclusiva de la Dirección General de Recursos Materiales, Inmuebles y Servicios. El artículo quinto aclara además que delegar no impide que la Secretaría y la propia Dirección General ejerzan directamente esas facultades cuando lo consideren necesario.
Los considerandos justifican el cambio por la necesidad de mejorar la organización del trabajo y la eficiencia administrativa. También advierten que el ejercicio de las facultades debe ajustarse a la Ley General de Bienes Nacionales, a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y a la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público.
Cómo se controlará el ejercicio de las facultades
El artículo tercero hace responsables a los titulares de las oficinas del ejercicio de las facultades delegadas y del cumplimiento de la normatividad aplicable. El cuarto faculta a la Dirección General para supervisar esas acciones y acompañar su ejercicio. El sexto obliga a rendir un informe trimestral, por conducto de la Unidad Coordinadora de Oficinas de Representación y Gestión Territorial, sobre los recursos administrados y el uso de las facultades.
Qué sigue para los trámites en curso
El acuerdo entra en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF y abroga el de 2023. Según su tercer transitorio, los procedimientos que ya estaban en trámite se resuelven con las autoridades competentes y con las normas vigentes al momento en que comenzaron. El texto publicado no enumera las fracciones delegadas una por una en el extracto consultado, por lo que el detalle completo debe consultarse en el DOF.
