Política

El Pleno determinó por unanimidad que la Auditoría Superior de la Federación, y no el órgano estatal de Guerrero, tiene facultad exclusiva para revisar los recursos federales que recibió el ayuntamiento de Acapulco.

Por · Coordinadora de Política

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el 6 de julio, en sesión de Pleno, que la Auditoría Superior de la Federación (ASF) es la única autoridad facultada para fiscalizar los 898 millones 633 mil 453 pesos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal (FAISMUN) que ejerció el ayuntamiento de Acapulco durante 2023, según el comunicado oficial de la Corte.

Un conflicto entre dos auditorías

La Controversia Constitucional 174/2025 se originó cuando la Auditoría Superior del Estado (ASE) de Guerrero intentó revisar esos recursos de origen federal, a través del Informe Individual de Auditoría de la Cuenta Pública 2023 y el oficio ASE/1380/2025. El gobierno municipal de Acapulco, encabezado por la alcaldesa Abelina López Rodríguez, se negó a entregar la información y llevó el caso a la Corte, argumentando que los recursos federales solo pueden ser revisados por la autoridad federal correspondiente.

El Pleno le dio la razón: declaró inválidos tanto el Informe Individual de Auditoría como el oficio de la ASE, al considerar que esa auditoría estatal carecía de competencia legal para fiscalizar fondos de origen federal transferidos a un municipio.

«La invalidez de una auditoría iniciada por una autoridad incompetente no excluye la posibilidad de que se investiguen hechos potencialmente irregulares por las autoridades facultadas para ello», precisó el ministro Irving Espinosa Betanzo, ponente del caso.

Qué significa para el ciudadano

La resolución no exime a Acapulco de rendición de cuentas ni valida el uso que se dio a los casi 900 millones de pesos. Lo único que definió la Corte es quién tiene la facultad legal de revisar el gasto: a partir de ahora, cualquier auditoría sobre fondos federales ejercidos por municipios guerrerenses deberá tramitarse ante la ASF, dependiente de la Cámara de Diputados, y no ante el órgano fiscalizador del Congreso estatal.

Para los habitantes de Acapulco, el fallo implica que la revisión del uso de estos recursos —destinados en teoría a infraestructura social municipal como agua potable, electrificación, caminos rurales y mejoramiento de vivienda— continuará, pero por la vía federal. La ASF puede iniciar su propia auditoría a la Cuenta Pública 2023 del municipio si aún no lo ha hecho, y sus hallazgos son públicos una vez concluido el proceso.

Datos clave

  • 898.6 mdp: monto del FAISMUN en disputa, ejercido en 2023
  • Controversia Constitucional 174/2025: expediente resuelto el 6 de julio de 2026
  • Votación: unanimidad en el Pleno de la SCJN
  • Autoridad competente: Auditoría Superior de la Federación (ASF), no la ASE de Guerrero

Antecedente: el litigio por facultades entre niveles de gobierno

El caso se suma a una serie de controversias constitucionales recientes sobre el reparto de facultades fiscalizadoras entre la Federación y los estados. El artículo 79 de la Constitución otorga a la ASF la fiscalización superior de la Federación, incluidos los recursos federales transferidos a estados y municipios, mientras que las auditorías locales solo pueden revisar recursos de origen estatal o municipal propio. La Corte ya se había pronunciado en sentido similar en controversias previas relacionadas con el Ramo 33, del que forma parte el FAISMUN.

La SCJN también resolvió, días antes, dejar firme la anulación de un crédito fiscal de 2,868 millones de pesos a favor del SAT, en otro caso que definió los límites de facultades entre autoridades fiscales (ver nota relacionada). Ambos fallos forman parte de un mismo hilo: la Corte precisando, caso por caso, qué autoridad puede actuar sobre qué recursos públicos.

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