Política

El órgano electoral consideró que las publicaciones de Alejandro Moreno atribuyen a Morena vínculos con el narcotráfico sin sustento fáctico. El PRI anunció que impugnará la decisión.

Por · Coordinadora de Política

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó el 29 de julio proceder con medidas cautelares contra el dirigente nacional del PRI, Alejandro Moreno Cárdenas, y su partido, por publicaciones que califican a Morena como «narcopartido» y «Cártel de Morena», de acuerdo con el comunicado oficial de Central Electoral, el portal informativo del INE.

Qué expresiones ordenó retirar el INE

La resolución abarca nueve publicaciones: cinco realizadas desde las cuentas personales de Alejandro Moreno y cuatro difundidas o replicadas desde las cuentas oficiales del PRI. Las expresiones sujetas a medidas cautelares incluyen «narcogobierno», «narcopropagandista», «narcopolíticos», «narcodictadura», «Cártel de Morena» y «narcopartido», según el detalle de la Comisión de Quejas y Denuncias.

El argumento del INE

La Comisión concluyó de manera preliminar que las publicaciones denunciadas no constituyen únicamente crítica política, sino que atribuyen a Morena vínculos presuntos con delitos relacionados con el narcotráfico sin sustento fáctico, lo que podría configurar una imputación falsa de hechos en perjuicio del partido denunciante. Como medida cautelar, ordenó al PRI y a Moreno retirar de redes sociales las publicaciones señaladas.

La respuesta del PRI

Alejandro Moreno calificó la resolución como un acto de «censura» y sostuvo que viola la libertad de expresión. El dirigente priista anunció que impugnará la decisión ante las instancias correspondientes y que llevará el caso ante organismos internacionales. La presidenta Claudia Sheinbaum, por su parte, celebró públicamente la resolución del INE, calificándola como una decisión correcta del órgano electoral.

Datos clave de la resolución

  • 9 publicaciones sujetas a medidas cautelares
  • 5 desde cuentas personales de Alejandro Moreno
  • 4 desde cuentas oficiales del PRI
  • 6 expresiones señaladas: narcogobierno, narcopropagandista, narcopolíticos, narcodictadura, Cártel de Morena y narcopartido
  • 29 de julio, fecha de la resolución de la Comisión de Quejas y Denuncias

Qué sigue en el proceso

La medida cautelar del INE no es una resolución definitiva sobre el fondo del asunto: se trata de una medida preventiva mientras continúa el procedimiento sancionador. El PRI tiene la posibilidad de impugnar la determinación ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que sería la instancia que resuelva en definitiva si las expresiones constituyen o no una violación a la normativa electoral. El caso se suma a una serie de quejas cruzadas entre partidos que el INE ha atendido de cara al proceso electoral de 2027, en el que ya se han registrado cientos de quejas por promoción anticipada.

Para las y los ciudadanos, la resolución ilustra los límites que el INE aplica a la confrontación política en redes sociales: la autoridad electoral distingue entre crítica política legítima y la atribución de conductas delictivas sin pruebas, un criterio que puede aplicarse a cualquier partido, no solo al PRI, conforme avance la competencia rumbo a las elecciones de 2027.

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